ARTICULO 22
ART. 22: En todos los cursos, de los colegios, deben
tener aires acondicionados de 120,000 BTU,
no se pueden tener abanicos de techo ni de
paredes porque le da menospausia a las
profesoras.
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ART. 22: En todos los cursos, de los colegios, deben
tener aires acondicionados de 120,000 BTU,
no se pueden tener abanicos de techo ni de
paredes porque le da menospausia a las
profesoras.