ARTICULO 46
ART. 46: Cualquier estudiante que no firme para
la aprobacion de esta constitucion, sera
sometido a la accion de la justicia y sera
penalizado con 40 años de carcel.
Comentarios: 0
ART. 46: Cualquier estudiante que no firme para
la aprobacion de esta constitucion, sera
sometido a la accion de la justicia y sera
penalizado con 40 años de carcel.