ARTICULO 71
ART. 71: Para ser presidente de un curso debe
ser dominicano de nacimiento y origen;
tener cuenta en el colegio en cero; tener
mas de 15 años de edad; tener buenas
relaciones con sus compañeros; tener
el promedio de la nota sobre 79 y tener
una fortuna superior a US$ 2,000 dolares